I.E.D.R Sagrado Corazón de Jesús
Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.)

Son funciones del consejo directivo (artículos 144 de la ley 115 de febrero 8 de 1994 y artículo 23 del decreto 1860 del 3 de agosto de 1994) las siguientes:
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tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad.
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servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con los alumnos del plantel educativo después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
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adoptar el reglamento y el manual de convivencia de la institución de conformidad con las normas vigentes.
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fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
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asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos miembros se sientan lesionados.
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aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente de la institución presentado por el rector.
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participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlo a la consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo que haga sus veces para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
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estimular y controlar el buen funcionamiento de la comunidad educativa.
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establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
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participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
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recomendar criterios de participaciones de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas, académicas, sociales y recreativas.
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establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa y con otras instituciones.
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promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
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reglamentar y participar en los procesos electorales que se realicen en las instituciones previstas en las normas educativas vigentes.
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fomentar la conformación de asociación de padres de familia y de estudiantes.
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aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de los pagos legalmente autorizado efectuado por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como: derechos académicos, uso de libros y similares y la forma de recolectarlos.
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darse su propio reglamento.