I.E.D.R Sagrado Corazón de Jesús
Sistema de evaluación institucional SIEE

Para regular la promoción anticipada de que trata el artículo 7 del Decreto 1290 del 16 de abril, de 2009, la Institución establece los siguientes procedimientos:
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Una vez finalizado el primer periodo académico, el padre de familia y/o acudiente solicitará de manera escrita ante el Consejo Académico la promoción anticipada.
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El consejo académico en sesión acordará la promoción anticipada, dejando constancia mediante acta y posteriormente recomendará ante el Consejo Directivo para la aprobación de la promoción anticipada.
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La promoción se hará en la Educación Básica y a quienes demuestren que tienen los conocimientos y las competencias requeridas en el Plan de Estudio del grado que se encuentra cursando, como mínimo así: cinco (5) áreas con desempeño superior, cinco (5) con desempeño alto, cero (0) área con desempeño básico y cero (0) con desempeño bajo. No haber sido sancionado disciplinariamente, ni estar cursando cualquiera de los grados de la Educación Media.
Parágrafo único: Las áreas de matemática y español deben tener desempeño superior para recibir el beneficio de promoción anticipada.
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Al estudiante que se le reconozca la promoción anticipada, la institución le legalizara su situación académica del grado que está cursando y se le autorizara la renovación de la matrícula para el grado promocionado.